viernes, febrero 26, 2010

169. TRES CONDENAS

(1) CONDENA DE GIORDANO BRUNO (ROMA 8 ENERO 1600)

Por lo que, visto y considerado el proceso formado contra ti y las confesiones de tus errores y herejías con pertinacia y obstinación, aunque tú niegues que lo sean, y todo lo que se tenía que ver y considerar: propuesta primero tu causa en nuestra congregación general, celebrada ante la Santidad de Nuestro Señor el día XX de enero pasado, y votada y resuelta, hemos llegado a la siguiente sentencia.
Invocado pues el nombre de nuestro Señor Jesucristo y de su gloriosa Madre siempre virgen María, en la causa y causas anteriores al presente que vierten en este Santo Oficio entre el reverendo Giulio Monterenzi, doctor en leyes, procurador fiscal de dicho Santo Oficio, por una parte, y, por otra parte, tú Giordano Bruno mencionado, encontrado reo inquirido, procesado, culpable, impenitente, obstinado y pertinaz; por esta definitiva sentencia nuestra, de consejo y parecer de los reverendos padres maestros en sacra teología y doctores en una y en otra ley, nuestros consultores, proferimos en estos escritos, decimos y pronunciamos, sentenciamos y declaramos, a ti fray Giordano Bruno, que eres hereje impenitente pertinaz y obstinado, y que por eso has incurrido en todas las censuras eclesiásticas y penas de los Cánones sagrados, leyes y constituciones tanto particulares como generales, que a tales herejes confesos, impenitentes, pertinaces y obstinados se imponen; y como tal te degradamos verbalmente y declaramos que debes ser degradado, así como ordenamos y mandamos que seas degradado de todos los órdenes eclesiásticos mayores y menores en los cuales te habías constituido, según la orden de los Cánones sagrados; y debes ser arrojado, como te arrojamos, de nuestro foro eclesiástico y de nuestra santa e inmaculada Iglesia, de cuya misericordia has sido indigno; y ser entregado a la Corte secular, así como te entregamos a la corte de vos monseñor Gobernador de Roma aquí presente, para punirte con las debidas penas, rogándole por ello que eficazmente quiera mitigar el rigor de las leyes sobre la pena de tu persona, que sea sin peligro de muerte o mutilación de miembro.
Además condenamos, reprobamos y prohibimos todos los libros mencionados anteriormente y los otros libros escritos, como heréticos, erróneos porque contienen muchas herejías y errores, ordenando que todos los que han llegado a manos del Santo Oficio, o podrán llegar en el futuro, que sean destruidos públicamente y quemados en la plaza de san Pedro, ante las escaleras, y como tales sean considerados en el Índice de los libros prohibidos, como ordenamos que así se haga.
Así decimos, pronunciamos, sentenciamos, declaramos, ordenamos y mandamos, arrojamos y entregamos y rogamos con este y con otro mejor modo y forma que de razón podemos y debemos.Así lo declaramos los Cardenales generales Inquisidores suscritos:Card. Ludovico MadruzzoCard. Giulio Antonio di Santa SeverinaCard. Pietro DezaCard. Domenico PinelliCard. Fra Giordano (Bernerio) d’AscoliCard. Ludovico SassoCard. Camilo BorgheseCard. Pompeo ArrigoniCard. Roberto Bellarmino

(3) SENTENCIA CONTRA GALILEO GALILEI (22 JUNIO 1633)


"Por cuanto tú, Galileo, hijo del difunto Vincenzo Galilei, de Florencia, de setenta años de edad, fuiste denunciado, en 1615, a este Santo Oficio por sostener como verdadera una falsa doctrina enseñada por muchos, a saber; que el sol está inmóvil en el centro del mundo y que la Tierra se mueve y posee también un movimiento diurno; así como por tener discípulos a quienes instruyes en la mismas ideas; así como por mantener correspondencia sobre el mismo tema con algunos matemáticos alemanes; así como por publicar ciertas cartas sobre las manchas del sol, en las que desarrollas la misma doctrina como verdadera; así como por responder a las objeciones que se suscitan continuamente por las Sagradas Escrituras, glosando dichas escrituras según tu propia interpretación; y por cuanto fue presentada la copia de un escrito en forma de carta, redactada expresamente por ti para una persona que fue antes tu discípulo, y en la que, siguiendo la hipótesis de Copérnico, incluyes varias proposiciones contrarias al verdadero sentido y autoridad de las Sagradas Escrituras; por eso este Sagrado Tribunal, deseoso de prevenir el desorden y perjuicio que desde entonces proceden y aumentan en menoscabo de la sagrada Fe, y atendiendo al deseo de Su Santidad y de los eminentísimos cardenales de esta suprema universal Inquisición, califica las dos proposiciones de la estabilidad del Sol y del movimiento de la Tierra, según los calificadores teológicos, como sigue: 1. La proposición de ser el Sol el centro del mundo e inmóvil en su sitio es absurda, filosóficamente falsa y formalmente herética, porque es precisamente contraria a las Sagradas Escrituras. 2. La proposición de no ser la Tierra el centro del mundo, ni inmóvil, sino que se mueve, y también con un movimiento diurno, es también absurda, filosóficamente falsa y, teológicamente considerada, por lo menos errónea en la fe. Pero estando decidida en esta ocasión a tratarte con suavidad, la Sagrada Congregación, reunida ante Su Santidad el 25 de febrero de 1616, decreta que su eminencia el cardenal Belarmino te prescriba abjurar del todo de la mencionada falsa doctrina; y que si rehusares hacerlo, seas requerido por el comisario del Santo Oficio a renunciar a ella, a no enseñarla a otros ni a defenderla; y a falta de aquiescencia, que seas prisionero; y por eso, para cumplimentar este decreto al día siguiente, en el palacio, en presencia de su eminencia el mencionado cardenal Belarmino, después de haber sido ligeramente amonestado por dicho cardenal, fuiste conminado por el comisario del Santo Oficio, ante notario y testigos, a renunciar del todo a la mencionada opinión falsa, y en el futuro, no defenderla ni enseñarla de ninguna manera, ni verbalmente ni por escrito; y después de prometer obediencia a ello, fuiste despachado. Y con el fin de que una doctrina tan perniciosa pueda ser extirpada del todo y no se insinúe por más tiempo con grave detrimento de la verdad católica, ha sido publicado un decreto procedente de la Sagrada Congregación del Indice, prohibiendo los libros que tratan de esta doctrina, declarándola falsa y del todo contraria a la Sagrada y Divina Escritura. Y por cuanto después ha aparecido un libro publicado en Florencia el último año, cuyo título demostraba ser tuyo, a saber: El Diálogo de Galileo Galilei sobre los dos sistemas principales del mundo: el ptolomeico y el copernicano; y por cuanto la Sagrada Congregación ha oído que a consecuencia de la impresión de dicho libro va ganando terreno diariamente la opinión falsa del movimiento de la Tierra y de la estabilidad del Sol, se ha examinado detenidamente el mencionado libro y se ha encontrado en él una violación manifiesta de la orden anteriormente dada a ti, toda vez que en este libro has defendido aquella opinión que ante tu presencia había sido condenada; aunque en el mismo libro haces muchas circunlocuciones para inducir a la creencia de que ello queda indeciso y sólo como probable, lo cual es así mismo un error muy grave, toda vez que no puede ser en ningún modo probable una opinión que ya ha sido declarada y determinada como contraria a la Divina Escritura. Por eso, por nuestra orden, has sido citado a este Santo Oficio, donde, después de prestado juramento, has reconocido el mencionado libro como escrito y publicado por ti. También confesaste que comenzaste a escribir dicho libro hace diez o doce años, después de haber sido dada la orden antes mencionada. También reconociste que habías pedido licencia para publicarlo, sin aclarar a los que te concedieron este permiso, que habías recibido orden de no mantener, defender o enseñar dicha doctrina de ningún modo. También confesaste que el lector podía juzgar los argumentos aducidos para la doctrina falsa, expresados de tal modo, que impulsaban con más eficacia a la convicción que a una refutación fácil, alegando como excusa que habías caído en un error contra tu intención al escribir en forma dialogada y, por consecuencia, con la natural complacencia que cada uno siente por sus propias sutilezas y en mostrarse más habilidoso que la generalidad del género humano al inventar, aun en favor de falsas proposiciones, argumentos ingeniosos y plausibles. Y después de haberte concedido tiempo prudencial para hacer tu defensa, mostraste un certificado con el carácter de letra de su eminencia el cardenal Belarmino, conseguido, según dijiste, por ti mismo, con el fin de que pudieses defenderte contra las calumnias de tus enemigos, quienes propalaban que habías abjurado de tus opiniones y habías sido castigado por el Santo Oficio; en cuyo certificado se declara que no habías abjurado ni habías sido castigado, sino únicamente que la declaración hecha por Su Santidad, y promulgada por la Sagrada Congregación del Índice, te había sido comunicada, en la que se declara que la opinión del movimiento de la Tierra y de la estabilidad del Sol es contraria a las Sagradas Escrituras, y que por eso no puede ser sostenida ni defendida. Por lo que al no haberse hecho allí mención de dos artículos de la orden, a saber: la orden de "no enseñar" y "de ningún modo", argüiste que debíamos creer que en el lapso de catorce o quince años se habían borrado de tu memoria, y que ésta fue también la razón por la que guardaste silencio respecto a la orden, cuando buscaste el permiso para publicar tu libro, y que esto es dicho por ti, no para excusar tu error, sino para que pueda ser atribuido a ambición de vanagloria más que a malicia. Pero este mismo certificado, escrito a tu favor, ha agravado considerablemente tu ofensa, toda vez que en él se declara que la mencionada opinión es opuesta a las Sagradas Escrituras, y, sin embargo, te has atrevido a ocuparte de ella y a argüir que es probable. Ni hay ninguna atenuación en la licencia arrancada por ti, insidiosa y astutamente, toda vez que no pusiste de manifiesto el mandato que se te había impuesto. Pero considerando nuestra opinión de no haber revelado toda la verdad respecto a tu intención, juzgamos necesario proceder a un examen riguroso en el que contestaste como buen católico. Por eso, habiendo visto y considerado seriamente las circunstancias de tu caso con tus confesiones y excusas, y todo lo demás que debía ser visto y considerado, nosotros hemos llegado a la sentencia contra ti, que se escribe a continuación.: Invocando el sagrado nombre de Nuestro Señor Jesucristo y de Su Gloriosa Virgen Madre María, pronunciamos esta nuestra final sentencia, la que, reunidos en Consejo y Tribunal con los reverendos maestros de la Sagrada Teología y doctores de ambos Derechos, nuestros asesores, extendemos en este escrito relativo a los asuntos y controversias entre el magnífico Carlo Sincereo, doctor en ambos Derechos, fiscal procurador del Santo Oficio, por un lado, y Galileo Galilei, acusado, juzgado y convicto, por el otro lado, y pronunciamos, juzgamos y declaramos que tú, Galileo, a causa de los hechos que han sido detallados en el curso de este escrito, y que antes has confesado, te has hecho a ti mismo vehementemente sospechoso de herejía a este Santo Oficio al haber creído y mantenido la doctrina (que es falsa y contraria a las Sagradas y Divinas Escrituras) de que el Sol es el centro del mundo, y de que no se mueve de Este a Oeste, y de que la Tierra se mueve y no es el centro del mundo; también de que una opinión no puede ser sostenida y defendida como probable después de haber sido declarada y decretada como contraria a la Sagrada Escritura, y que, por consiguiente, has incurrido en todas las censuras y penalidades contenidas y promulgadas en los sagrados cánones y en otras constituciones generales y particulares contra delincuentes de esta clase. Visto lo cual, es nuestro deseo que seas absuelto, siempre que con un corazón sincero y verdadera fe, en nuestra presencia abjures, maldigas y detestes los mencionados errores y herejías, y cualquier otro error y herejía contrario a la Iglesia católica y apostólica de Roma, en la forma que ahora se te dirá. Pero para que tu lastimoso y pernicioso error y transgresión no queden del todo sin castigo, y para que seas más prudente en lo futuro y sirvas de ejemplo para que los demás se abstengan de delincuencias de este género, nosotros decretamos que el libro Diálogos de Galileo Galilei sea prohibido por un edicto público, y te condenamos a prisión formal de este Santo Oficio por un período determinable a nuestra voluntad, y, por vía de saludable penitencia, te ordenamos que los tres próximos años recites, una vez a la semana, los siete salmos penitenciales, reservándonos el poder de moderar, conmutar o suprimir, la totalidad o parte del mencionado castigo o penitencia".

Pronunciamos, declaramos, ordenamos, condenamos y reservamos por derecho esta u otras medidas. Ita pronunciamus nos Cardinalis infrascripti: F. Cardinalis de AsculoG. Cardinalis BentivoliusD. Cardinalis de CremonaA. Cardinalis S. HonuphriB. Cardinalis GypsiusF. Cardinalis VerospiusM. Cardinalis Ginettus



ABJUACION PRONUNCIADA POR GALILEO GALILEI


"Yo, Galileo Galilei, hijo del difunto Vincenzo Galilei, de Florencia, de setenta años de edad, siendo citado personalmente a juicio y arrodillado ante vosotros, los eminentes y reverendos cardenales, inquisidores generales de la República universal cristiana contra la depravación herética, teniendo ante mí los Sagrados Evangelios, que toco con mis propias manos, juro que siempre he creído y, con la ayuda de Dios, creeré en lo futuro, todos los artículos que la Sagrada Iglesia católica y apostólica de Roma sostiene, enseña y predica. Por haber recibido orden de este Santo Oficio de abandonar para siempre la opinión falsa que sostiene que el Sol es el centro e inmóvil, siendo prohibido el mantener, defender o enseñar de ningún modo dicha falsa doctrina; y puesto que después de habérseme indicado que dicha doctrina es repugnante a la Sagrada Escritura, he escrito y publicado un libro en el que trato de la misma y condenada doctrina y aduzco razones con gran fuerza en apoyo de la misma, sin dar ninguna solución; por eso he sido juzgado como sospechoso de herejía, esto es, que yo sostengo y creo que el Sol es el centro del mundo e inmóvil, y que la Tierra no es el centro y es móvil, deseo apartar de las mentes de vuestras eminencias y de todo católico cristiano esta vehemente sospecha, justamente abrigada contra mí; por eso, con un corazón sincero y fe verdadera, yo abjuro, maldigo y detesto los errores y herejías mencionados, y en general, todo error y sectarismo contrario a la Sagrada Iglesia; y juro que nunca más en el porvenir diré o afirmaré nada, verbalmente o por escrito, que pueda dar lugar a una sospecha similar contra mí; asimismo, si supiese de algún hereje o de alguien sospechoso de herejía, lo denunciaré a este Santo Oficio o al inquisidor y ordinario del lugar en que pueda encontrarme. Juro, además, y prometo que cumpliré y observaré fielmente todas las penitencias que me han sido o me sean impuestas por este Santo Oficio. Pero si sucediese que yo violase algunas de mis promesas dichas, juramentos y protestas (¡qué Dios no quiera!), me someto a todas las penas y castigos que han sido decretados y promulgados por los sagrados cánones y otras constituciones generales y particulares contra delincuentes de este tipo. Así, con la ayuda de Dios y de sus Sagrados Evangelios, que toco con mis manos, yo, el antes nombrado Galileo Galilei, he abjurado, prometido y me he ligado a lo antes dicho; y en testimonio de ello, con mi propia mano he suscrito este presente escrito de mi abjuración, que he recitado palabra por palabra. En Roma, en el convento de la Minera, 22 de junio de 1633; yo, Galileo Galilei, he abjurado conforme se ha dicho antes con mi propia mano".


(3) SENTENCIA CONTRA BARUCH DE SPINOZA (AMSTERDAM, 1656)

"Por la decisión de los ángeles y el juicio de los santos, excomulgamos, expulsamos, execramos y maldecimos a Baruch Spinoza, con el consentimiento de Dios bendito y con el de toda esta comunidad; delante de estos libros de la Ley, que contienen trescientos trece preceptos; la excomunión que Josué lanzó sobre Jericó, la maldición que Elías profirió contra los niños y todas las maldiciones escritas en el libro de la Ley, que sea maldito de día y maldito de noche, maldito cuando se acueste y cuando se levante, maldito cuando salga y cuando entre, que Dios no lo perdone, que su cólera y su furor se inflamen contra este hombre y traigan sobre él todas las maldiciones escritas en el libro de la Ley, que Dios borre su nombre del cielo y lo separe de todas las tribus de Israel abandonándolo al Maligno con todas las maldiciones del cielo escritas en el Libro de la Ley. Pero vosotros que sois fieles al Señor vuestro Dios, vivid en paz. Ordenamos que nadie mantenga con él comunicación oral o escrita, que nadie le preste ningún favor, que nadie permanezca con él bajo el mismo techo o a menos de cuatro yardas, que nadie lea nada escrito o transcripto por él."